Ley Fibromialgia
  • Acceso a fitofármacos y fitoterapias: se analizó si también debería garantizarse el acceso a la medicina herbal dado los beneficios que se reportan a nivel neurológico y reumático, aprobándose dicha indicación.

 

  • Definición de fibromialgia: “síndrome de dolor crónico –no oncológico- percibido en músculos y articulaciones de más de 3 meses de duración. Esta condición se manifiesta a través de síntomas físicos y sicológicos, alternaciones del sueño, cambios en el estado del ánimo y produce múltiples consecuencias como la disminución de la calidad de vida, en las actividades de la vida diaria, las cuales son susceptibles de generar discapacidad e invalidez”.

 

  • Acceso al sistema de salud siempre: “el Estado velará que toda persona con dolor crónico no oncológico o con fibromialgia tenga acceso libre e igualitario al sistema previsional de salud, independiente del tratamiento médico elegido para paliar el dolor”.

 

  • Licencia médica: se decidió que no podrán rechazarse las licencias médicas por fibromialgia y dolor crónico no oncológico, por su solo diagnóstico, ni se les dará trato especial por ello.